La Constitución de 1941 suele considerarse la primera constitución panameña del constitucionalismo social. Además, establece por primera vez el control judicial concentrado de la constitucionalidad de las leyes, la institución del amparo de garantías constitucionales, y el control especializado de la legalidad de los actos administrativos.
El presidente de la República Arnulfo Arias Madrid nombró como redactores del proyecto de constitución a Manuel Herrera Lara y a Publio A. Vásquez. Se aprobó en la Asamblea Nacional luego de un expedito trámite legislativo, pese a lo cual se introdujeron modificaciones al proyecto. El 26 de noviembre de 1940 el presidente Arias asumió la representación suprema del Estado, derogó la cláusula reformatoria de la Constitución de 1904 y convocó a un plebiscito sobre la adopción del proyecto de nueva Constitución aprobado por la Asamblea Nacional. El proyecto fue aprobado popularmente el día 15 de diciembre y la nueva Constitución empezó a regir el 2 de enero de 1941.
Las objeciones a esta Constitución son múltiples, e incluyen aspectos tanto de forma como de forma. En la forma, se cuestiona el procedimiento de su adopción, considerado poco democrático. En el fondo, las objeciones se refieren especialmente a las disposiciones que constitucionalizan la discriminación racial y a las restricciones a la inmigración basadas igualmente en consideraciones raciales, así como al fortalecimiento excesivo del Órgano Ejecutivo.
Documentos de interés
Antecedentes Legislativos
Bibliografía Relacionada
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